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Conciliación en Derecho


Métodos alternativos de solución de conflictos. Acuerdos vinculantes con efectos de cosa juzgada que evitan procesos judiciales largos y costosos.

MASCAcuerdosMediaciónPrevención

Resolver antes de litigar

La conciliación en derecho es un método de solución de conflictos reconocido por la Ley 640 de 2001, en el cual las partes alcanzan un acuerdo asistidas por un conciliador. El acuerdo tiene efectos de cosa juzgada.

Diseñamos procesos de conciliación que protegen los intereses de nuestros clientes con redacción técnica del acta conciliatoria que blinda futuras controversias.

Evita costos procesales, tiempo y desgaste de relaciones comerciales o familiares.

Cómo se desarrolla

1

Solicitud y citación — Análisis del conflicto y citación a las partes ante el centro de conciliación.

2

Audiencia conciliatoria — Sesión guiada donde las partes exploran fórmulas de arreglo.

3

Redacción del acta — Si hay acuerdo: acta con efectos de cosa juzgada y mérito ejecutivo.

4

Cumplimiento — Si una parte incumple: proceso ejecutivo directo sin nueva demanda declarativa.

Materias

Qué conciliamos

CIVIL Y COMERCIAL

Conflictos patrimoniales

Disputas contractuales, deudas, responsabilidad civil, conflictos societarios y disputas comerciales entre empresas.

  • Cumplimiento e incumplimiento contractual
  • Cobro de obligaciones dinerarias
  • Responsabilidad civil y daños
  • Conflictos entre socios o accionistas
FAMILIA Y SUCESIONES

Materias familiares

Custodia, regulación de visitas, cuotas alimentarias, partición de bienes, sucesiones y separación de cuerpos o bienes.

  • Custodia, visitas y cuota alimentaria
  • Liquidación de sociedad conyugal o patrimonial
  • Partición de bienes hereditarios
  • Separación de cuerpos o bienes

¿Conflicto sin resolver?

Evaluamos si su caso es conciliable y le proponemos la ruta más rápida.

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